Moción para eliminación de barreras arquitectónicas en el CEIP Los Llanos de Álora

AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ÁLORA

D. Juan Márquez Torres, Portavoz del Grupo Municipal de Adelante Álora: Izquierda Unida Andalucía en el Ayuntamiento de Álora, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta para su aprobación la siguiente:

MOCIÓN RELATIVA A LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN EL CEIP “LOS LLANOS” DE ÁLORA, MEDIANTE LA INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR.

Exposición de motivos:

La Constitución Española en su art. 49, ordena integrar a las personas con discapacidad y eliminar las barreras para que tengan los mismos derechos ante la ley y poder participar de pleno derecho en la sociedad.

La Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, unifica y actualiza todas las leyes de nuestro país para la atención social y la no discriminación de las personas con discapacidad.

El Estatuto de Autonomía, tiene varios artículos en los que se habla de las personas con discapacidad. Prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad. Reconoce que las personas con discapacidad tienen derecho a tener ayudas y servicios para su desarrollo personal y social. Art 10.3.16º; Art 37.1.5º.

Ordena que el gobierno trabaje por la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la Accesibilidad Universal.

DISCRIMINACIÓN,” es el trato que una persona o una entidad, da a otra, como si fuera inferior. La tratan mal porque es distinta o piensa cosas diferentes.

“IGUALDAD DE OPORTUNIDADES”, se da cuando todas las personas tienen derecho a disfrutar de las mismas posibilidades, para tener o utilizar algo.

“ACCESIBILIDAD UNIVERSAL”, son las condiciones que hacen que un lugar, un producto o una información lo puedan usar todas las personas, con comodidad, seguridad y poca ayuda.

El RD 314/2006 de 17 de marzo, que aprueba el CTE (código técnico de la edificación), es quien marca las exigencias de calidad de los edificios y de sus instalaciones, de forma que se garantice los requisitos básicos de accesibilidad universal, no discriminación, y de igualdad de oportunidades, marcados en la Ley 51/2003 de 2 diciembre, (LIONDAU), LEY IGUALDAD OPORTUNIDADES, NO DISCRIMINACIÓN, Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, desarrollada en el RD 505/2007 de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad de los espacios públicos y edificaciones. Modificada en la Ley 26/2011 y RDL 1/2013 TR Ley general de las personas con discapacidad y su Inclusión.

La Ley de Inclusión, que habla de matriculación, educación y accesibilidad, que se contradice con los

reglamentos de matriculación de los centros escolares; ya que la una, indica que los padres podrán matricular al alumno en el centro educativo de su elección y que las aulas y el centro deben adaptarse al alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE), también modificado y que ahora lo denominan ACNEAE (Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo). Cambiando el nombre no desaparece el problema.

Sin embargo, el reglamento lo impide permitiendo sólo la matriculación en el CEIP Los Llanos, argumentando que es el único que cumple los requisitos de accesibilidad y que dispone de aula específica y monitores especializados. Lo que demuestra una falta de conocimiento del centro o una dejadez de funciones al respecto, por la persona responsable. No hay más que visitarlo para ver todo lo contrario.

Existe otro RDL 1/2013 de 29 noviembre en su Art. 105, disposición adicional tercera, ya mencionado, que dio una moratoria para la adecuación en las condiciones de accesibilidad que acabó el 4D-2017.

Y el Decreto 293/2009, de 7 julio, que aprueba el reglamento de normas de accesibilidad, infraestructuras, urbanismo, edificación y transporte de Andalucía, en su Disposición Adicional Duodécima:

“En caso de constatación de incumplimientos, en materias de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, las correspondientes administraciones locales, deberán dictar órdenes de ejecución a los titulares de los bienes en los que tenga lugar el referido incumplimiento, con objeto de llevar a cabo las actuaciones necesarias encaminadas al cumplimiento de la legislación en materia de accesibilidad.”

Igualmente en su Disposición Final Primera: Calendario de aplicación, a las infraestructuras, los espacios libres y viales, los edificios, establecimientos e instalaciones existentes;

Las condiciones de accesibilidad que se establecen en el reglamento, serán obligatorias a partir del día 1 de enero de 2019, para todas aquellas infraestructuras, espacios libres y viales, edificios, establecimientos o instalaciones existentes, ya sean de titularidad pública o privada que sean susceptibles de ajustes razonables.”

Comentar que para que se cumpla toda esta normativa, se crearon organismos de control, que si me lo permiten, al menos en nuestro municipio, control, control, ninguno. Ya que nos estamos centrando en el CEIP Los Llanos, por ser éste el que argumenta que cumple los requisitos y obligan a la matriculación de alumnos con NEE. Pero hay que reconocer que salvo el CEIP Guadalhorce, cuya adaptación es cuasi reciente, y los institutos, los demás centros están en las mismas condiciones de accesibilidad. Por lo que es un tema que hay que abordar de manera urgente en nuestro pueblo.

Por mencionar: Dirección General de Discapacidad; Plan Acción Integral de Discapacidad, cuya constitución está desarrollada en la Ley Andaluza 4/2017 de 25 septiembre, de Derechos y Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía; El Consejo Andaluz de Atención a la Discapacidad, una de sus funciones es elaborar un informe anual de cumplimiento de la ley; Junta Arbitral de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal en Andalucía; y una Comisión de discapacidad en el Parlamento Andaluz, evidentemente representada por todos los grupos parlamentarios.

Creemos demostrado que hay leyes, reglamentos y organismos suficientes como para que la tan nombrada inclusión, no discriminación y accesibilidad universal, sea una realidad. Queda también constatado el incumplimiento de los plazos establecidos para la adaptación de los edificios y vías públicas, etc. Y queda también demostrado que ese incumplimiento se produce por la propia administración que debe ser la primera que garantice el cumplimiento de las leyes por el interés general de la población.

En palabras del propio Ministro de Justicia, en una respuesta parlamentaria dijo: “Las leyes, tiene que cumplirse… es lo que garantiza nuestro estado de derecho”.

El CEIP Los Llanos es un centro de Titularidad Autonómica. Los convenios de colaboración que se firman con las administraciones locales, el municipio, cede los terrenos para su construcción y el mantenimiento de las instalaciones y limpieza. Las obras mayores y el personal son responsabilidad de la Junta de Andalucía.

Este centro data de 1979, desde su construcción, ha tenido todas las barreras, más de cuarenta escalones para llegar al centro, puertas no abatibles y falta de rampas. Algunas solventadas con la apertura de un acceso lateral por el pabellón municipal para la entrada del alumnado y acceso a comedores.

Según la ficha que aparece en la página de la Delegación, tiene estas características: Educación Básica Obligatoria para alumnos con Necesidades Educativas Especiales; 6 unidades de Educación Infantil, segundo ciclo 3-6 años; 11 unidades Educación Primaria 6-12 años; Educación Básica Especial 1 unidad; Apoyo a la Integración Infantil y Primaria, 1 unidad de Aula Específica.

El año 2017 se matricularon de 3 años, 7 alumnos con NEE. Año que hubo que solicitar un monitor de apoyo, poniendo todas las trabas posibles la Delegación de Educación. Actualmente y con distintas patologías hay más de cuarenta alumnos con NEE que precisan de máxima atención, intentando cubrirse por el propio profesorado ante la falta de monitores y otros recursos. “Hay que estar alerta también por lo que pueda pasar con los monitores PTIS, al inicio de curso para que esas plazas estén cubiertas.”

La petición del ascensor no es sólo para cubrir necesidades de movilidad reducida. Es evidente que son los que más lo necesitan. La inclusión habla de todos los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, para ellos y ellas también deben estar eliminadas las barreras. Sin olvidar toda la comunidad educativa restante que se incluye en la accesibilidad universal y la necesidad urgente del cumplimiento de las leyes. Hay alumnos NEE que han abandonado el centro después de muchos años y no han conocido la primera planta del edificio, donde por ejemplo están las aulas de primaria.

Demos ejemplo a la ciudadanía siendo, los gobernantes, los primeros en cumplirlas y garantizar que tanto lo público, como lo privado, cumpla con toda la normativa de accesibilidad universal.

La comunidad educativa tiene que implicarse en la consecución de estos logros, que a la postre serán beneficiosos para todos y todas. Para ello este ayuntamiento debe contar con las personas que se impliquen en esta petición.

POR TODO ELLO, SOLICITAMOS LA APROBACIÓN DE LA SIGUIENTE PROPUESTA:

1º Instar a la Junta de Andalucía de manera urgente a la construcción de ascensor para el CEIP Los Llanos de Álora.

2º Solicitar reunión urgente con la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, dando un plazo de quince días. Si no, con otro organismo como la Dirección General de Personas con Discapacidad. Es urgente.

3º Mandar a los grupos políticos parlamentarios, esta petición con el fin de que pueda debatirse en la Comisión de Discapacidad del Parlamento Andaluz…

4º Estudiar la firma de un posible Convenio, en el que el Ayuntamiento realice la obra, financiada con recursos de la Consejería Educación o Infraestructuras, (Financiación afectada) si eso permite adelantar así los tiempos de ejecución del proyecto.

5º Creación del Plan de Accesibilidad de los centros públicos.

6º Constitución urgente de Consejo Escolar Municipal. (Necesario para unir a la comunidad educativa)

7º Crear una comisión de seguimiento con las personas y/o colectivos que representan a alumnos. (Padres, Ampas, Dirección del centro etc.)

Gracias de antemano por el apoyo a esta moción que consideramos, es de Interés general para toda la comunidad educativa y la población en general.

Álora 27 de Julio de 2020.

 

 

 

 

 

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